martes, 2 de abril de 2013

Los problemas del acceso a la información ambiental y el Proyecto de Ley de acceso a la información.


El pasado 20 de marzo, en representación de la Red de Abogados para la Defensa Ambiental tuve oportunidad de comparecer ante la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados para informar sobre el Proyecto de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Fue una experiencia muy interesante para conocer desde dentro el proceso de razonamiento de las personas que forman parte del subsistema político y conocer cómo enfocaban sus razonamientos a la hora de valorar las alternativas discutidas en el proceso legislativo de esta importante norma.

En cuanto a la propia norma estudiada, si ya es una avance contar con esta Ley de acceso a la información pública, no se puede ocultar también la preocupación porque determinada regulación del Proyecto de Ley va a suponer a nuestro modesto entender una menor protección del derecho subjetivo al acceso a la información, en particular, en relación con el régimen de limitaciones al acceso y el silencio negativo.

La ley de acceso a la información (a la que se le ido añadiendo más cuestiones al calor de los acontecimiento sociales) es una ley largamente esperada y, cuando se apruebe, se convertirá en una norma clave para mejorar la calidad democrática de las instituciones y un elemento que, sin duda, será un instrumento que podrá mejorar la cultura de transparencia y legalidad, que nos es tan necesaria. Anteriormente ya se ha tratado en este blog la importancia del reconocimiento al acceso a los documentos públicos.

Esta futura ley de Transparencia, acceso a la información y buen gobierno se convertirá en una útil herramienta que junto, con el fortalecimiento de la cultura de la legalidad puede fortalecer la confianza de la sociedad con las instituciones públicas. Siendo esto cierto, también se aprecian en el texto serias disfunciones en relación a la normativa ambiental que puede suponer una regresión del derecho a la información actualmente aplicable.

Sin embargo, frente a la mayor calidad técnica que proviene del Convenio de Aarhus y de las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE, la regulación de la nueva ley y la declaración de supletoriedad que declara, introduce disfunciones con respecto a la ya vigente.

En conclusión, esta futura ley de Transparencia, acceso a la información y buen gobierno se convertirá en una útil herramienta que junto, con el fortalecimiento de la cultura de la legalidad puede fortalecer la confianza de la sociedad con las instituciones públicas. Siendo esto cierto, también se aprecian en el texto serias disfunciones en relación a la normativa ambiental que puede suponer una regresión del derecho a la información actualmente aplicable.

Para concretar los motivos véase texto comparecencia